sábado, 6 de febrero de 2016

PENSIONADOS del IVSS que solo reciben pensión del Seguro Social no tienen obligación de declarar I.S.L.R

Se les informa a todos los Pensionados del I.V.S.S. de Venezuela, que SOLO devengaron su pensión durante el 2.015, que no tienen obligación de declarar el I.S.L.R,, ya que sus remuneraciones por este concepto no alcanzó el mínimo legal, para que exista la obligación de presentar la declaración ante el SENIAT, como se desprende de la tabla anexa donde se señalan las cifras recibidas del Seguro Social durante el 2.015.


         
ENERO
Bs 4.889,11
FEB
Bs.5.622,48
MAR
Bs.5.622,48
ABR
Bs.5.622,48
MAY
Bs.6.746,98
JUN
Bs.6.746,98
JUL
Bs.7.421,68
AGO
Bs.7.421,68
SEP
Bs.7.421,68
OCT
Bs.7.421,68
NOV
Bs.9.648,18
DIC
Bs.9.648,18
Aguinaldo
Bs. 28.944,54
TOTAL
Bs.113.178,13


Establecido por Ley que la obligación surje para todo aquel que percibió en el año mas de 1000 U.T.
y ya que el valor de la U.T. para el 2015 fue de 150 Bs. (Gaceta Oficial 40.608 del 25 de febrero de 2015), el valor requerido es de 150.000,oo Bs., devengados durante 2.015, para que exista la exigencia de la Declaración ante el SENIAT

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